estabilidad laboral reforzada

¿Hasta cuándo aplica la presunción de despido discriminatorio en periodo de lactancia?

La mujer trabajadora en estado de embarazo y después del parto goza por mandato Constitucional y Legal, de una estabilidad laboral reforzada, bajo el cual se protege e impide que sea despedida sin el respectivo permiso del Ministerio del Trabajo de conformidad con el artículo 239, 240 y 241 del Código Sustantivo del Trabajo y de la Seguridad Social.  En caso de ser despedida durante dicho periodo de tiempo y sin el citado permiso, opera la presunción de despido discriminatorio.  

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