La Superintendencia de Sociedades mediante concepto No. 220- 285711 indicó que conforme el artículo 5°, numeral 1° de la Ley 1258 de 2008 las cámaras de comercio podrán solicitar los siguientes datos para el registro de una sociedad por acciones simplificada:
a. Nombre, documento de identidad y domicilio de los accionistas fundadores.
b. El capital autorizado, suscrito y pagado, la clase, número y valor nominal de las acciones representativas del capital y la forma y términos en que estas deberán pagarse.
En su lugar, no pueden exigir la revelación sobre la composición accionaria en la cual conste la siguiente información:
i) El monto de acciones adquiridas por cada uno de los asociados,
ii) La participación porcentual frente al total del capital social,
iii) El valor pagado por cada accionista,
iv) Las otras circunstancias particulares de cada asociado con respecto del capital.