Salario mínimo y auxilio de transporte 2026

Mediante los Decretos 1469 y 1470 de 2025 se fijó el salario mínimo legal mensual y el subsidio de transporte para el año 2026, el primero fue fijado en $1.750.905 COP mientras el segundo se estableció en $249.095 COP.  Dicho aumento representó un 23% respecto del año anterior y comenzará a regir desde el 01 de enero de 2026. 

Para efectos del pago, debe descontarse del salario del EMPLEADO el valor correspondiente al 4% de aportes en salud por valor de $70.036 COP y otro 4% destinado al fondo de pensiones por valor $70.036 COP.   Por lo tanto, un TRABAJADOR promedio que devengue el salario mínimo legal mensual vigente recibirá la suma neta de $1.859.928 COP. 

Por su parte, la estimación de costos laborales mensuales para el EMPLEADOR en relación con el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente – SMLMV 2026 para las empresas será el siguiente: 

  • Salario Mínimo Legal para 2026: $ 1.750.905 COP
  • Auxilio de transporte: $ 249.095 COP
  • Aportes a Salud (8.5% para no exonerado*): $148.827 COP
  • Aportes a Pensión (12%): $ 210.109 COP
  • Pago de ARL: Se toma de referencia el riesgo más bajo (0.52%): $ 9.105 COP 
  • Aportes parafiscales:
    • Caja de Compensación (4%): $70.036 COP
    • ICBF (3%)*: $52.527 COP 
    • SENA (2%)*: $ 35.018 COP
  • Prima de servicios mensual (promedio): $166.600 COP 
  • Auxilio de cesantías: $166.600 COP
  • Provisión mensual de vacacione (promedio): $73.013 COP 
  • Intereses de las cesantías: $ 16.809 COP 

En conclusión, el costo mensual que debe pagar el EMPLEADOR por trabajador es de:

$ 2.712.271 COP.

En cuanto al valor de las horas de un trabajador que recibe el salario mínimo legal mensual vigente queda así para el 2026: 

  • Salario Mínimo Diario: $ 58.364 COP
  • Valor de la hora Ordinaria: $ 7.959 COP 
  • Valor de la hora extra diurna: $9.948 COP
  • Valor de la hora ordinaria nocturna: $10.744 COP
  • Valor hora extra nocturna:  $13.928
  • Valor hora ordinaria día de descanso y festivos: $14.326
  • Valor hora extra diurna día de descanso y Festivo:  $16.316
  • Valor hora nocturna ordinaria de día descanso y Festivo: $17.112
  • Valor hora extra nocturna de día descanso y Festivo: $20.295

Adicionalmente, el empleador debe prever la entrega de dotación (un vestido de labor y un par de zapatos) a quienes ganen hasta 2 salarios mínimos, tres veces al año: antes del 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre.

GALLEGO LAWYERS

 

 

 

  1. Las empresas que declaran impuesto de renta y complementarios tienen un beneficio legal para reducir sus costos de nómina: no deben pagar los aportes a Salud, SENA e ICBF por aquellos trabajadores que ganen menos de 10 salarios mínimos. (Artículo 114-1 del Estatuto Tributario). 
  2. El cálculo presentado corresponde a empresas exoneradas en el pago de Salud, Sena e ICBF según el artículo 114-1 del Estatuto Tributario. 
  3. En 2026 continúa la reducción de la jornada laboral en Colombia según la Ley 2101 de 2021. Desde el 15 de julio de 2026 la jornada máxima será de 42 horas semanales, sin reducción del salario ni pérdida de derechos. Por esta razón, deberá ajustarse el valor de la hora de trabajo de cada trabajador. 

 

Compartir: